Bienes inmuebles

La Comisión Nacional de la UNESCO establece que el término bienes inmuebles se refiere a una manifestación material, imposible de ser movida o trasladada.

El patrimonio inmueble está constituido por monumentos, obras de la arquitectura y de la ingeniería, sitios históricos y centros industriales, zonas u objetos arqueológicos, calles, puentes, viaductos… de interés o valor relevante desde el punto de vista arquitectónico,arqueológico, etnológico, histórico, artístico o científico, reconocidos y registrados como tales. Esta categoría además incorpora a los vitrales, murales, esculturas y amueblamiento que forman parte de otros bienes inmuebles.

 

castillo de gibralfaro

El IAPH emplea una metodología de documentación integradora que permite el análisis del objeto inmueble (arqueológico, arquitectónico o etnológico) en base a las aportaciones de las diferentes disciplinas patrimoniales, lo que permite ofrecer una visión más amplia del mismo. En la actualidad, está priorizando la documentación de un patrimonio inmueble emergente: el patrimonio arquitectónico contemporáneo, el patrimonio industrial y la arquitectura vernácula de Andalucía.

Según la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía, los bienes inmuebles que sean objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural (BIC) en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía se clasifican con arreglo a las siguientes tipologías:

-Monumentos
-Conjuntos históricos
-Jardines históricos
-Sitios históricos
-Zonas arqueológicas
-Zonas patrimoniales
-Lugares de Interés Etnológico
-Lugares de interés industrial

 

La provincia de Málaga es la que menos bienes tiene inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, tanto en bienes inmuebles (387). Entre los diversos monumentos podemos destacar el Teatro Romano, la Alcazaba o el Castillo de Gibralfaro.